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Y yo, ¿califico? Requisitos del subsidio a la tasa

Financiamiento·30 de septiembre de 2026·4 min de lectura

Y yo, ¿califico? Requisitos del subsidio a la tasa

En resumen

  • Los requisitos del subsidio a la tasa hipotecaria (Ley 21.748) se reparten en dos listas: las condiciones que debe cumplir la vivienda y las que debe cumplir el comprador. Que un proyecto califique no significa que la persona califique.
  • La vivienda debe ser primera venta (un departamento nuevo comprado directo a la inmobiliaria; no tiene que ser la primera vivienda del comprador), valer hasta 6.000 UF con IVA incluido, no venir de una promesa firmada antes del 31 de diciembre de 2024 y no financiarse con un crédito novado.
  • El comprador debe ser persona natural, no tener deuda en el Registro de Pensiones de Alimentos si el crédito es de 50 UF o más, aprobar la evaluación de riesgo de su banco y tomar el crédito a tasa fija. No se exige que sea su primera vivienda.
  • Nadie postula en una oficina pública: el banco valida los requisitos al tramitar el crédito. El subsidio queda en la escritura y opera desde el primer dividendo.
  • En Edificio Cumbre, en Recoleta, todos los departamentos de Cumbre cumplen el tope de UF 6.000, así que todos pueden optar al beneficio. El precio no incluye bodega ni estacionamiento; se cotizan aparte.

"Y yo, ¿califico?" es la pregunta más común en nuestra sala de ventas de Edificio Cumbre, el proyecto de Inmobiliaria CREAR en Recoleta. Los requisitos son dos listas. Una la cumple la vivienda, y todos los departamentos de Cumbre la cumplen. La otra la cumples tú, y la revisa el banco.

Qué tiene que cumplir la vivienda

El subsidio a la tasa baja hasta 0,6 puntos la tasa de tu crédito hipotecario, y con eso tu dividendo (en lenguaje técnico, 60 puntos base). La Ley 21.748 lo entrega junto con la garantía FOGAES para comprar vivienda nueva. Qué es cada uno está en FOGAES: qué es y cómo funciona y en subsidio a la tasa hipotecaria 2026.

La ley y su reglamento (Decreto 180 exento, texto vigente desde el 19 de agosto de 2026) piden cuatro cosas:

  1. Primera venta. Un departamento nuevo que compras directo a la inmobiliaria. No tiene que ser tu primera vivienda; lo que no entra es un usado.
  2. Valor de hasta 6.000 UF, IVA incluido. Cuenta el menor entre la tasación del banco y el precio de la compraventa. El tope subió de 4.000 a 6.000 UF con la Ley 21.836, publicada el 17 de agosto de 2026.
  3. Promesa posterior al 31 de diciembre de 2024. La ley excluye las promesas firmadas antes de esa fecha.
  4. Crédito nuevo, no novado. El subsidio no se aplica a un crédito que reemplaza a otro.

Comprar en verde no es impedimento: ni la ley ni el reglamento lo restringen. Cómo calza con una compra en obra está en ¿sirve el subsidio a la tasa si compro en verde?.

Qué tienes que cumplir tú

  1. Ser persona natural. El beneficio no es para empresas ni sociedades.
  2. No tener deuda en el Registro de Pensiones de Alimentos, si el crédito es de 50 UF o más.
  3. Aprobar la evaluación de riesgo de tu banco: renta, historial de pago, deudas vigentes, antigüedad laboral. Es la misma de cualquier crédito hipotecario y cada banco la fija a su manera. Lo que piden en general está en requisitos para un crédito hipotecario.
  4. Tomar el crédito a tasa fija. Lo exige el Decreto 180, en su artículo 13.

No se exige que sea tu primera vivienda. Ni la Ley 21.543 ni el reglamento del Programa de Garantías Apoyo a la Vivienda Nueva lo piden: si ya tienes una propiedad, también puedes optar. La excepción es el cupo especial para viviendas de hasta UF 3.000, que pide los requisitos del MINVU.

No hay ahorro previo, postulación ni llamado con fecha, y no tienes que ir a ninguna oficina pública. El banco revisa los requisitos al tramitar tu crédito, y el subsidio queda escrito en la escritura de compraventa: tu dividendo baja desde la primera cuota y durante todo el crédito.

Y en Edificio Cumbre, ¿aplican estos beneficios?

Sí. Todos los departamentos de Cumbre cumplen el tope de UF 6.000, así que todos pueden optar al beneficio. Parten desde UF 2.998, en la tipología de 1 dormitorio, a septiembre de 2026. Con eso, la lista de la vivienda queda completa: primera venta, dentro del tope y con promesas de este ciclo. El precio no incluye bodega ni estacionamiento; se cotizan aparte.

La otra pregunta común en nuestra sala es cuánto pie se necesita. La respondemos en cuánto pie necesito para comprar un departamento.

Además de los requisitos: cupo, plazo y tasa

  • El cupo. Hay hasta 80.000 subsidios en total. El cupo se reserva desde que el banco pide la preaprobación al Fondo, y cuánto dura esa reserva lo define cada banco. Pregúntalo antes de contar con él.
  • El plazo. Los créditos con subsidio se pueden solicitar hasta el 31 de mayo de 2028, con escritura dentro de los tres meses siguientes, mientras queden cupos.
  • La tasa. El subsidio baja la tasa que tu banco te ofrezca el día que apruebe el crédito.
  • Los beneficios de la inmobiliaria. El descuento por comprar en verde y el pie en cuotas son compatibles con el subsidio y se evalúan caso a caso en la sala. Los vigentes están en beneficios que bajan tu entrada.

Cumbre califica para el beneficio. Si tú calificas lo confirma el banco.

Sujeto a evaluación y cumplimiento de requisitos.

Normativa consultada en fuentes oficiales en septiembre de 2026: Ley 21.748, Ley 21.836, Ley 21.543 y Decreto 180 exento del Ministerio de Hacienda, en su texto vigente. Los cupos y las condiciones pueden cambiar; verifica con tu banco antes de decidir.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los requisitos del subsidio a la tasa hipotecaria?

Son dos listas. La vivienda tiene que ser primera venta (un departamento nuevo comprado directo a la inmobiliaria; no tiene que ser tu primera vivienda), valer hasta 6.000 UF con IVA, no venir de una promesa anterior al 31 de diciembre de 2024 y no financiarse con un crédito novado. El comprador tiene que ser persona natural, no tener deuda en el Registro de Pensiones de Alimentos si el crédito es de 50 UF o más, aprobar la evaluación de riesgo del banco y tomar el crédito a tasa fija.

¿Puedo pedir el subsidio a la tasa si ya tengo una propiedad?

Sí. Ni la Ley 21.748 ni el Programa de Garantías Apoyo a la Vivienda Nueva exigen que sea tu primera vivienda: quien ya tiene otra propiedad también puede optar. Lo que decide es la evaluación de riesgo del banco. La excepción es el cupo especial para viviendas de hasta UF 3.000, que sí pide los requisitos del MINVU.

¿Tengo que postular al subsidio a la tasa en alguna oficina?

No. No hay postulación, ahorro previo ni llamado. Lo tramita el banco cuando pides el crédito hipotecario, y el subsidio queda escrito en la escritura de compraventa. Tu dividendo baja desde la primera cuota.

Si el proyecto califica para el subsidio, ¿yo califico automáticamente?

No. Que el proyecto califique resuelve solo la lista de la vivienda: primera venta y precio dentro del tope. La lista del comprador la evalúa el banco con tus antecedentes, y además el beneficio depende de que queden cupos. Edificio Cumbre califica para el beneficio; si tú calificas lo confirma el banco.

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