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Reglamentación térmica 2025 y CEV: qué cambió al comprar

Comprar·19 de agosto de 2026·6 min de lectura

Reglamentación térmica 2025 y CEV: qué cambió al comprar

En resumen

  • La nueva reglamentación térmica rige desde el 28 de noviembre de 2025: la fija el Decreto 15 del MINVU, que reemplazó el artículo 4.1.10 de la OGUC.
  • Santiago quedó clasificado como zona térmica D dentro de las nueve zonas que define la nueva norma.
  • En zona D, la exigencia de muros pasó de 1,9 a 0,80 W/m²K de transmitancia térmica máxima: menos de la mitad de pérdida permitida.
  • La Calificación Energética de Vivienda (CEV) es obligatoria en toda publicidad de venta de constructoras e inmobiliarias, según el artículo 16 del Decreto 5 del MINVU.
  • La etiqueta se emite por departamento, no por edificio, y tiene una validez de diez años desde su emisión.

Desde el 28 de noviembre de 2025 rige en Chile una reglamentación térmica bastante más exigente para las viviendas nuevas, y desde octubre de ese mismo año la etiqueta de Calificación Energética de Vivienda es obligatoria en la publicidad de venta. Para ti significa dos cosas concretas: los departamentos nuevos tienen que aislar mejor, y tienes derecho a pedir una letra que te permita compararlos.

Qué cambió el 28 de noviembre de 2025

El Decreto 15 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 27 de mayo de 2024, reemplazó el artículo 4.1.10 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), donde vive el estándar térmico de las viviendas chilenas. Rige desde el 28 de noviembre de 2025: toda solicitud de permiso de edificación ingresada a la Dirección de Obras Municipales desde esa fecha debe cumplirlo.

Lo grueso:

  • Nueva zonificación. De 7 a 9 zonas térmicas, con letras de la A a la I, calculadas por grados-día de calefacción, oscilación térmica y radiación solar.
  • Más elementos exigidos. Ya no son solo techo, muro y piso: se suman sobrecimientos, puertas exteriores, permeabilidad al aire de puertas y ventanas, infiltraciones y ventilación.
  • Condensación obligatoria. Hay que verificar que no exista riesgo de condensación superficial ni intersticial: es el mecanismo detrás de la humedad y los hongos en los muros.
  • Ventanas según orientación. El máximo de superficie vidriada dejó de ser un número único; ahora depende de hacia dónde mira la fachada y del valor U de la ventana.

Santiago es zona térmica D: los números

Recoleta, como casi toda la cuenca de Santiago, quedó en zona térmica D (en la Región Metropolitana el límite con la zona H es la cota 2.000 msnm). Antes era la "zona 3". La comparación es la parte útil:

Elemento Exigencia anterior (zona 3) Exigencia vigente (zona D)
Muros — transmitancia máxima 1,9 W/m²K 0,80 W/m²K
Techumbre — transmitancia máxima 0,47 W/m²K 0,38 W/m²K
Pisos ventilados — transmitancia máxima 0,70 W/m²K 0,60 W/m²K
Ventanas — permeabilidad al aire sin exigencia clase 2 mínima

Datos: MINVU / DITEC.

El muro es el salto grande: pasó de poder perder 1,9 W por metro cuadrado y por cada grado de diferencia entre interior y exterior, a 0,80. Menos de la mitad.

En ventanas, el cambio manda sobre el diseño del edificio. Antes, en zona 3, se permitía hasta 25% de superficie vidriada con vidrio monolítico. Hoy una ventana de vidrio simple (U ≤ 5,8) admite como máximo 25% en fachada norte, 15% al oriente y poniente y 10% al sur; con una ventana de mejor desempeño térmico (U ≤ 2,8) esos máximos suben a 83%, 60% y 48%. Traducido: si el proyecto quiere ventanas grandes, está obligado a poner mejores ventanas.

Un matiz honesto: un doble vidriado aislante mejora el comportamiento térmico, que es lo que regula esta norma. El acústico es otra cosa —depende del espesor de cada vidrio, de si son laminados, del marco y del sello— y no se deduce de la etiqueta energética. Si el ruido te importa, pregúntalo aparte.

Todo esto conversa con edificios full electric y con cómo calefaccionar sin gas.

Qué es la CEV, en una frase

La Calificación Energética de Vivienda (CEV) es el procedimiento del MINVU que entrega información objetiva y estandarizada sobre la eficiencia energética de una vivienda, y que culmina con un informe de calificación y una etiqueta de eficiencia energética.

Dos precisiones que casi nadie menciona: la evaluación se hace por vivienda, de forma independiente —cada departamento tiene su etiqueta, no el edificio completo— y la calificación tiene validez de diez años.

Las letras y qué significan

Letra Qué indica
A+ El mejor desempeño de la escala: el menor requerimiento de energía para lograr confort.
A Muy por sobre el estándar mínimo que exige la norma.
B · C · D Sobre el estándar mínimo, en grados decrecientes.
E El estándar mínimo exigido por el artículo 4.1.10 de la OGUC.
F Bajo el estándar mínimo vigente.
G El desempeño más bajo de la escala.

Consecuencia del calendario: como el artículo 4.1.10 se endureció el 28 de noviembre de 2025, el mínimo legal de hoy es más exigente que el de 2007. Por eso conviene preguntar cuándo se hizo la calificación, no solo qué letra dio.

La etiqueta es obligatoria en la publicidad de venta

El artículo 16 del Decreto 5 del MINVU —el reglamento de la CEV, publicado en el Diario Oficial el 5 de octubre de 2024— dice que "la etiqueta de eficiencia energética se deberá incluir en toda publicidad de venta que realicen las empresas constructoras e inmobiliarias".

Tres reglas más del mismo reglamento:

  1. Es información básica comercial. El artículo 18 le da a la etiqueta y al informe ese carácter en los términos de la Ley 19.496 de protección al consumidor.
  2. La letra del edificio no reemplaza la de tu depto. El artículo 19 obliga a indicar, al promocionar una vivienda en particular, la calificación de esa unidad, y a entregar su etiqueta e informe al momento de la venta.
  3. No se puede publicitar una calificación vencida (artículo 20).

Si compras en verde, corresponde la precalificación

El mismo artículo 16 lo resuelve: si la publicidad se hace antes de solicitar la recepción definitiva de obras, debe incluir una etiqueta de precalificación, calculada sobre el proyecto de arquitectura antes de que el edificio exista.

Y el detalle que más te protege: el artículo 13 obliga a entregar la etiqueta y el informe a todo comprador o promitente comprador, y si la calificación final resulta inferior a la de la precalificación, hay que informarte esa diferencia. Si estás en ese proceso, revisa también qué mirar antes de firmar al comprar en verde.

El límite honesto: a quién se le exige

La obligación aplica a proyectos nuevos: aquellos cuyo permiso de edificación o anteproyecto ingresó después de que el reglamento entrara en vigencia, doce meses después de publicarse, en octubre de 2025. Los anteriores no están obligados, aunque pueden calificar voluntariamente. Buena parte de lo que hoy está a la venta todavía no tiene etiqueta, y eso no es una irregularidad: lo que sí corresponde siempre es que el proyecto cumpla la reglamentación térmica vigente cuando obtuvo su permiso.

Qué preguntar en la sala de ventas

  1. ¿El proyecto tiene CEV o precalificación? ¿Qué letra y de qué fecha? Si no la tiene, pregunta bajo qué versión del artículo 4.1.10 se aprobó el permiso.
  2. ¿Qué ventana lleva y cuál es su valor U? Es el dato que ordena todo lo demás en zona D.
  3. ¿Se hizo el análisis de condensación? Separa un muro que se mantiene sano de uno que junta hongos.
  4. ¿Qué desempeño acústico tiene la ventana? Pregunta aparte, dato aparte.

En la sala de ventas de Cumbre, la mayoría de quienes llegan ya conoce Recoleta: la duda con la que entran casi nunca es el barrio. Estas preguntas no cuestan nada y ordenan la comparación. Las especificaciones y la situación normativa del proyecto las entrega el equipo de la sala —Maestra Lidia Torres 92, Recoleta, de lunes a domingo entre 10:00 y 19:00—, junto con lo que viene equipado en el departamento.

Normativa consultada en fuentes oficiales (MINVU y Diario Oficial) en agosto de 2026. La reglamentación cambia: si lees esto mucho después, verifica la vigencia en los enlaces del pie.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo rige la nueva reglamentación térmica en Chile?

Desde el 28 de noviembre de 2025. El Decreto 15 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial el 27 de mayo de 2024, reemplazó el artículo 4.1.10 de la OGUC. Aplica a todas las solicitudes de permiso de edificación ingresadas a la Dirección de Obras Municipales desde esa fecha.

¿Qué es la CEV de una vivienda?

La Calificación Energética de Vivienda es el procedimiento del MINVU que entrega información objetiva y estandarizada sobre la eficiencia energética de una vivienda. Termina con un informe de calificación y una etiqueta de eficiencia energética con una letra, de A+ a G.

¿Puedo exigir la etiqueta energética cuando me venden un departamento?

Sí. El artículo 16 del Decreto 5 del MINVU establece que la etiqueta de eficiencia energética debe incluirse en toda publicidad de venta que realicen constructoras e inmobiliarias. Si el proyecto todavía no tiene recepción definitiva, corresponde la etiqueta de precalificación.

¿En qué zona térmica está Santiago?

Santiago está en la zona térmica D, una de las nueve zonas (A a I) que define la nueva reglamentación. En la Región Metropolitana el límite entre la zona D y la zona H es la cota 2.000 metros sobre el nivel del mar.

¿Todos los departamentos nuevos tienen CEV?

No. La obligación aplica a proyectos nuevos, es decir, a aquellos cuya solicitud de permiso de edificación o de anteproyecto ingresó después de que el reglamento entrara en vigencia, en octubre de 2025. Los proyectos anteriores pueden calificar de forma voluntaria, pero la ley no los obliga.

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Conoce Edificio Cumbre, a los pies del Cerro San Cristóbal.

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